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Formación en IA obligatoria: el artículo 4 del AI Act

¿Es obligatoria la formación en IA? Qué exige el artículo 4 del Reglamento de IA tras el ómnibus de 2026, a quién afecta, quién sanciona y un plan para pymes.

¿Es obligatoria la formación en IA? Respuesta corta: sí, en la práctica. Si tu empresa opera en la UE o vende a clientes europeos y tu equipo usa ChatGPT, Copilot o Claude en el trabajo, el artículo 4 del Reglamento europeo de IA (AI Act) te obliga a ocuparte de la alfabetización en IA de tu personal, aunque desde julio de 2026 basta con adoptar medidas para apoyarla, sin garantizar un nivel concreto. En esta guía verás qué dice ahora el artículo 4, a quién se aplica, quién lo supervisa (también en España) y un plan sencillo para pymes.

Idea clave

Si tu equipo usa IA en el trabajo y operas en la UE o vendes a ella, el artículo 4 del Reglamento de IA te afecta. Desde julio de 2026 basta con adoptar medidas razonables y documentadas para apoyar la alfabetización en IA de tu personal: no hace falta un certificado ni garantizar un nivel concreto. El Reglamento no fija una multa propia para el artículo 4: las sanciones dependen de cada Estado miembro y las autoridades nacionales supervisan su cumplimiento desde agosto de 2026.

Qué exige el artículo 4 del Reglamento de IA

El artículo 4 exige hoy a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA que adopten medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal y de quienes manejan sistemas de IA en su nombre; desde la reforma de julio de 2026 ya no pide un “nivel suficiente” ni exige garantizar un nivel concreto a ninguna persona.

El Reglamento de IA, Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act o RIA, entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y se aplica por fases. El artículo 4, sobre alfabetización en materia de IA, fue de los primeros en aplicarse: desde el 2 de febrero de 2025. En su redacción original, proveedores y responsables del despliegue debían adoptar medidas para garantizar que, “en la mayor medida posible”, su personal y quienes manejan sistemas de IA en su nombre tuvieran “un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA”.

El Reglamento ómnibus digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744, reescribió ese artículo. Se publicó en el Diario Oficial de la UE el 24 de julio de 2026 y entró en vigor el 27 de julio. El nuevo artículo 4.1 dice que proveedores y responsables del despliegue “adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA” de su personal y de quienes manejan sistemas de IA en su nombre, y añade: “Esta obligación no exige que los proveedores o los responsables del despliegue garanticen un nivel específico de alfabetización en materia de IA de ninguna persona en particular.”

Traducido a lenguaje llano:

  • Sigue siendo una obligación. Se ha suavizado, no se ha eliminado.
  • Es una obligación de medios, no de resultado. Tienes que adoptar medidas razonables, pero no demostrar que cada empleado alcanza un nivel determinado: la expresión “nivel suficiente” ha desaparecido.
  • El contexto sigue contando. Las medidas deben tener en cuenta los conocimientos técnicos, la experiencia, la educación y la formación de cada persona, el contexto de uso y a quién afecta la IA.
  • Apoyo a las pymes. La Comisión y los Estados miembros deben apoyar y facilitar estos esfuerzos, en particular los de las pymes, y la Comisión publicará ejemplos prácticos de cómo cumplir.

¿Y qué es la alfabetización en IA? El artículo 3.56 la define como las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten hacer un despliegue informado de los sistemas de IA y tomar conciencia de sus oportunidades, sus riesgos y los perjuicios que puede causar. En la práctica: saber qué pueden hacer las herramientas, dónde fallan y cómo usarlas con responsabilidad.

¿A quién se aplica? Casi todas las empresas son “responsables del despliegue”

El artículo 4 se aplica a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA, y casi cualquier empresa cuyo equipo use IA en el trabajo es responsable del despliegue. Las dos figuras son:

  • Proveedores: quienes desarrollan un sistema de IA, o lo encargan, y lo comercializan o ponen en servicio con su propio nombre o marca.
  • Responsables del despliegue: cualquier persona física o jurídica, autoridad u organismo que utilice un sistema de IA bajo su propia autoridad, salvo en una actividad personal de carácter no profesional (artículo 3.4).

La mayoría de empresas está en el segundo grupo: si tu equipo usa ChatGPT para redactar correos, Copilot para resumir reuniones o Claude para analizar documentos en su trabajo, tu empresa es responsable del despliegue. Las preguntas y respuestas de la Comisión Europea sobre alfabetización en IA (en inglés) ponen un ejemplo muy parecido: una empresa cuyos empleados usan ChatGPT para escribir textos publicitarios o traducir debe informarles de riesgos concretos, como las alucinaciones.

Tres detalles que se suelen pasar por alto:

  • Se aplica a todos los sistemas de IA, no solo a los de alto riesgo.
  • “Personal y demás personas” va más allá de la plantilla. La Comisión menciona a contratistas, proveedores de servicios e incluso clientes que manejan sistemas de IA en tu nombre.
  • No hace falta estar establecido en la UE. El Reglamento se aplica a los responsables del despliegue establecidos en la Unión, pero también a proveedores y responsables de fuera de ella cuando los resultados del sistema de IA se utilizan en la UE (artículo 2). Si trabajas desde Latinoamérica u otro país con clientes europeos, conviene revisarlo.

¿Hay multas por no formar a los empleados en IA?

Puede haberlas, pero dependen de la ley de cada país: el Reglamento no fija una multa específica para el artículo 4 y deja las sanciones a los Estados miembros. La supervisión corresponde a las autoridades nacionales de vigilancia del mercado y, según la Comisión, las normas de supervisión y ejecución se aplican desde agosto de 2026. El artículo 99 establece importes máximos para otras obligaciones, como las prácticas prohibidas o los deberes de transparencia, y deja a cada Estado miembro el régimen de sanciones y otras medidas, que pueden incluir advertencias. La Comisión confirma que las autoridades nacionales podrían sancionar los incumplimientos del artículo 4, siempre con proporcionalidad.

En España, el Consejo de Ministros aprobó el 26 de mayo de 2026 el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, que adapta el Reglamento, identifica a las autoridades de supervisión y establece el régimen sancionador. Según el Ministerio para la Transformación Digital, los sistemas no regulados por normas sectoriales se atribuyen principalmente a la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), junto con la AEPD y el CGPJ según el ámbito. A finales de septiembre de 2026 el proyecto seguía en tramitación en el Congreso, así que conviene seguir su evolución. Si operas en otros países de la UE, revisa también su normativa.

Además de las multas, si un error con IA causa un daño (datos confidenciales en una herramienta no aprobada, una cifra inventada en una oferta), lo que hizo la empresa para preparar a su equipo puede pesar al valorar la diligencia debida o la responsabilidad. Una política y un registro de formación te dejan en mejor posición.

Cómo cumplir: medidas de alfabetización en IA en la práctica

Para cumplir, organiza las medidas en cuatro pasos: hacer inventario de la IA que se usa, formar por puestos, documentarlo y actualizarlo. No existe un temario oficial: la Comisión insiste en que no hay una solución única ni una formación obligatoria concreta, y las medidas deben ajustarse a tu papel, a los riesgos de los sistemas y a los conocimientos de tu gente. Los cuatro pasos, en detalle:

  1. Haz inventario. Qué herramientas de IA se usan (incluidas las que alguien empezó a usar por su cuenta, como un asistente personal tipo OpenClaw), quién las usa y para qué tareas.
  2. Forma por puestos. Todos necesitan una base; los puestos sensibles, más profundidad. Contenidos habituales:
    • qué es la IA generativa y en qué acierta y en qué falla;
    • alucinaciones: por qué una respuesta segura puede ser falsa y cómo comprobarla;
    • protección de datos (RGPD) y confidencialidad: qué no debe entrar nunca en una herramienta de IA y qué cuentas están aprobadas;
    • sesgos, sobre todo cuando la IA interviene en decisiones sobre personas, como la selección de personal;
    • propiedad intelectual de lo que se introduce y de lo que se genera;
    • la política interna de uso de IA: herramientas aprobadas, qué se revisa y a quién preguntar.
  3. Documéntalo. Registra quién participó, cuándo y qué se trató, junto con la versión de la política de IA. Según la Comisión, no hace falta ningún certificado: basta con un registro interno.
  4. Actualízalo. Amplía la formación cuando cambien las herramientas, los usos o las normas, e incluye la base de IA en la acogida del personal nuevo.

Si usas IA en ámbitos que el Reglamento considera de alto riesgo, hay obligaciones más estrictas además del artículo 4; el ómnibus aplazó la mayoría al 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y al 2 de agosto de 2028 (anexo I).

Plan de alfabetización en IA para pymes en seis pasos

Una pyme puede cubrir lo esencial del artículo 4 sin un departamento de cumplimiento siguiendo estos seis pasos:

  1. Nombra a una persona responsable del uso de la IA y de la formación.
  2. Haz la lista de herramientas y usos de IA en la empresa.
  3. Redacta una política de uso de IA de una página: herramientas aprobadas, datos que nunca se comparten y qué debe revisar una persona antes de que un resultado llegue a un cliente. Para elegir las herramientas, compara ChatGPT, Claude y Gemini para empresas.
  4. Organiza una sesión básica para todos los que usan IA y, donde haga falta, sesiones por puesto (ventas, atención al cliente, RR. HH., finanzas, desarrollo).
  5. Lleva un registro: fecha, asistentes, contenido y versión de la política.
  6. Incluye la IA en la acogida de nuevas incorporaciones, informa a los colaboradores externos que usan IA en tu nombre y revisa todo cuando adoptes una herramienta nueva.

Que la formación en IA sirva de verdad

Para que la formación en IA sirva de verdad, hay que construirla sobre las tareas reales de cada equipo, no sobre una presentación única. Cumplir es el mínimo, no el objetivo: el propio ómnibus recuerda que la alfabetización en IA debe ser una prioridad estratégica, con independencia de las obligaciones y las posibles sanciones. Una presentación deja constancia, pero rara vez cambia la forma de trabajar; funciona mejor practicar sobre los propios correos, informes y hojas de cálculo, con una política clara y alguien a quien preguntar después. Lo explicamos en Formación en IA para empresas: que tu equipo use ChatGPT.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la formación en IA para las empresas?

Sí, en el sentido de que las empresas que desarrollan o usan sistemas de IA en la UE deben adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal (artículo 4 del Reglamento de IA), y la formación es la medida más habitual. Desde la reforma de julio de 2026 es una obligación de medios: no hay un formato, unas horas ni un nivel mínimo fijados, pero conviene poder demostrar lo que se ha hecho.

¿Los empleados necesitan un certificado de alfabetización en IA?

No. La Comisión Europea indica que no hace falta ningún certificado y que las organizaciones pueden llevar un registro interno de las formaciones y otras iniciativas. Un certificado de curso puede formar parte de ese registro, pero la ley no lo exige.

¿Qué pasa si no formo a mi equipo en IA?

Desde agosto de 2026 las autoridades nacionales de vigilancia del mercado pueden supervisar el cumplimiento del artículo 4, y las sanciones dependen de la ley de cada país; en España, del proyecto de ley que se tramita en el Congreso. Además, no haber tomado ninguna medida puede jugar en tu contra si un error con IA causa un daño a un cliente, a un empleado o a un tercero.

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Aviso: este artículo es información general a 29 de septiembre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. El Reglamento de IA y las normas nacionales siguen evolucionando: consulta el texto vigente y la normativa de tu país, o pregunta a un abogado.

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